Pensión incapacidad permanente
Desde la aprobación de la Ley 2/2025, de 29 de abril, cuando se reconoce una pensión de incapacidad permanente, el trabajador dispone de 10 días naturales para comunicar por escrito a la empresa si desea mantener la relación laboral. Si no hace esta manifestación, la Ley considera que la relación se extingue sin indemnización.
