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Laboral · Seguridad Social

Pensión por incapacidad permanente

Desde la Ley 2/2025: tras reconocer la pensión, hay 10 días naturales para comunicar a la empresa si deseas mantener la relación laboral.

Con los cambios introducidos, tras el reconocimiento de una incapacidad permanente, el trabajador dispone de un plazo breve para comunicar por escrito su intención de mantener la relación laboral.

Si no se realiza la comunicación, puede entenderse la extinción de la relación laboral en los términos previstos, por lo que los tiempos y la forma importan mucho.

Antes de decidir, conviene valorar el tipo de incapacidad, el puesto, adaptaciones posibles y el impacto en derechos laborales y prestaciones.