Penal · Hurtos · Estafas
Nueva ley contra la multirreincidencia en hurtos y estafas leves
La reforma penal endurece las consecuencias para quienes acumulen condenas previas por hurtos o estafas leves, incluso cuando la cuantía sea inferior a 400 euros.
La reciente reforma penal endurece la respuesta frente a la multirreincidencia en hurtos y estafas leves, incluso cuando la cuantía del hecho sea inferior a 400 euros.
En el caso del hurto, quien sustraiga bienes por valor inferior a 400 euros y haya sido condenado al menos por tres delitos de la misma naturaleza,
siendo uno de ellos leve,podrá enfrentarse a penas de prisión de entre 6 y 18 meses.
En determinados supuestos agravados, como la sustracción de dispositivos móviles o hechos cometidos en explotaciones agrarias, la pena puede alcanzar hasta 3 años de prisión.
Este mismo criterio se aplica a la multirreincidencia en estafa leve: quien defraude menos de 400 euros pero acumule al menos tres condenas previas de la misma naturaleza,
una de ellas leve, podrá ser castigado con la pena ordinaria de la estafa, esto es, prisión de 6 meses a 3 años.
Es importante destacar que no se tendrán en cuenta los antecedentes penales cancelados o aquellos que legalmente debieran estar cancelados.
Además, la reforma introduce una novedad procesal relevante: se reconoce a las entidades locales legitimación para ejercer la acción penal en delitos de hurto,
reforzando la protección del comercio local y de la convivencia vecinal.
Si te encuentras en una situación relacionada con este tipo de delitos o tienes antecedentes que puedan influir en tu caso,
es fundamental contar con asesoramiento legal especializado cuanto antes. En el despacho de abogados María Lara Molina estudiamos tu caso de forma individual y especializada.